Conservación de la Nacionalidad Española

El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (MAEC), nos explica brevemente la Conservación de la Nacionalidad Española.

Conservación de la Nacionalidad Española

Podrán conservar la Nacionalidad Española:

  1. Los mayores de edad, que hayan adquirido otra nacionalidad distinta de la española, podrán Documentación requeridaconservar la nacionalidad española, durante un plazo de 3 años desde la adquisición de la nueva nacionalidad.
  2. Aquellos QUE POSEAN OTRA NACIONALIDAD DISTINTA DE LA ESPAÑOLA, QUE RESIDAN EN EL EXTRANJERO Y HAYAN NACIDO EN EL EXTRANJERO, DE PADRE Y/O MADRE ESPAÑOLES NACIDOS IGUALMENTE EN EL EXTRANJERO, habrán de tener su Pasaporte o Documento Nacional de Identidad en vigor al cumplir 18 años y declarar su voluntad de Documentación requeridaconservar la nacionalidad española la nacionalidad española entre los 18 y los 21 años, con objeto de evitar su pérdida.
  3. En caso contrario, perderán la nacionalidad española y habrán de residir durante UN año en España y, acto seguido, solicitar la recuperación en el Registro Civil más próximo a su domicilio en España.
  4. Aquellos QUE POSEAN OTRA NACIONALIDAD DISTINTA DE LA ESPAÑOLA, QUE RESIDAN EN EL EXTRANJERO Y HAYAN NACIDO EN EL EXTRANJERO, DE PADRE O MADRE ESPAÑOL NACIDO EN ESPAÑA, deberán tener su Pasaporte o Documento Nacional de Identidad en vigor al cumplir 18 años. En caso contrario, habrán de declarar su voluntad de Documentación requeridaconservar la nacionalidad española entre los 18 y los 21 años, con objeto de evitar su pérdida.


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2 comentarios

  1. Estimad@ Sra., Sr.,
    Mi hijo acaba de cumplir 22 años. Quisiera saber si puede conservar la nacionalidad y hacer un tramite para renovar su pasaporte. Ha nacido en Bruselas y el quiere guardar su nacionalidad Española. Que se podria hacer ya pasado el tiempo legal para conservarla ? Gracias por su repuesta por antelacion.

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