Si quieres seguir cobrando tu pensión uno de los requisitos más importantes es el comprobante de fe de vida o de supervivencia. En el caso de que no puedas trasladarte se pude realizar de distinta manera a la normal.
Un representante legal puede ir en tu lugar siempre que le hayas otorgado los poderes necesarios y dar fe de que te encuentras con vida y puedes recibir la pensión.
Las personas que pueden realizar el comprobante de fe de vida que no sean el interesado son los representantes legales con la correspondiente autorización del titular. Puedes pedir el comprobante de supervivencia o de fe de vida si cumples los requisitos de los siguientes casos.
Si eres el Representante legal del pensionado, Puedes realizar el trámite si el titular de la pensión se encuentra enfermo, internado, recluido o residiendo en el extranjero.
Puedes acudir a la Unidad de Medicina Familiar más cercana a tu domicilio en los días hábiles que son de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas, en unidades con turno de mañana y de 08:00 a 19:30 horas, en unidades con turno matutino y de tarde.
La persona que acuda en el lugar del interesado, luego de realizar el trámite estará obligada a presentarse 1 vez cada 6 meses que siempre se contarán a partir de la última inspección.
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