Puede realizar el Certificado de declaración de Funcionamiento de Entidades Religiosas si contiene la conocida Cl@ve digital.
El Registro de Entidades Religiosas se ubica en la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones
y en él se inscriben las entidades religiosas que quieran obtener personalidad jurídica civil. Su gestión corresponde a la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones.Su normativa se ha modificado y el 1 de noviembre ha entrado en vigor el nuevo Real Decreto 594/2015 de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas (RER)
En el Registro consta el nombre oficial de la entidad, la fecha y número de inscripción, el domicilio social, una descripción de sus fines, su régimen de funcionamiento y órganos representativos y los nombres de los representantes legales y de los lugares de culto.
Enlace | Funcionamiento de Entidades Religiosas
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