El Gobierno de Ecuador permite cambiar al representante del núcleo familiar habilitado al pago del Bono de Desarrollo Humano fallecido, por otro miembro del núcleo familiar mayor de edad que conste en la misma encuesta del Registro Social y esta se encuentre bajo la línea de pobreza.
Requisitos
- Partida de defunción emitida por el Registro Civil
- Copia de la cédula de ciudadanía del familiar a quien se le registrará como nuevo representante.
Procedimiento
- La ciudadana o ciudadano deberán acercarse a la oficina de atención del MIES PPS, más cercana a solicitar el cambio de representante por fallecimiento con los requisitos solicitados.
- El Operador ingresará el trámite en línea mediante el sistema dispuesto para el caso, digitalizando la partida de defunción y la copia de la cédula del nuevo representante.
Donde
Tiempo Estimado de Entrega
El cambio de representante y habilitación al pago, se realizará de acuerdo a la fecha de corte del Bono de Desarrollo Humano ( el corte aproximadamente se realiza el 15 de cada mes):
- Si ingresa antes de la fecha de corte, el nuevo representante estará habilitado al siguiente mes.
- Si ingresa después de la fecha de corte, el nuevo representante estará habilitado al segundo mes.
Teléfonos generales
1800 002 002 (línea gratuita)
Enlace | Bono de Desarrollo Humano