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AYUDA 400 EUROS: Requisitos y Plazos de Solicitud

El Gobierno Español a través del Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado su resolución a 31 de Agosto sobre los Requisitos y plazos para solicitar la ayuda de 400 euros para los parados que hayan acabado su prestación por desempleo.

Requisitos y Plazos para Solicitar la ayuda 400€

¿Cuánto dinero voy a cobrar con la ayuda 400 euros? La cuantía mensual equivaldrá al 75 % del Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM) vigente en cada momento, que ahora es de 532,51 euros, durante un máximo de seis meses.

Ayuda Familiar Compatible con Ayuda 400 Euros

La ayuda familiar será compatible con cualquier otro tipo de renta mínima o salario social, siempre que el importe de éstas sumado a los 400 euros no supere mensualmente el 75 % del salario mínimo interprofesional, (641,4 euros al mes en 2011) excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Si se supera ese límite el importe de la ayuda se minorará hasta que el conjunto de rentas que percibe el solicitante no lo supere.

Los 400 euros serán compatibles con las ayudas de transporte, manutención y alojamiento por asistencia a acciones de formación para el empleo e incompatibles con el trabajo por cuenta propia o ajena.

Requisitos Ayuda Familiar

El desempleado, además de estar inscrito como demandante de empleo, debe aportar la documentación requerida y comunicar a los servicios públicos la percepción de rentas si las hubiera, debe participar en un itinerario individualizado de inserción.

También se comprometerá a participar en las acciones de políticas activas y de búsqueda de empleo que les propongan los Servicios Públicos de Empleo y aceptar la colocación adecuada que se le ofrezca.

Si el demandante no participa en dichos itinerarios se le descontarán las cantidades que correspondan por los días que no lo haga, excepto el supuesto de maternidad o paternidad.

Cobro de la Primera Mensualidad

¿Cuándo se cobra la primera mensualidad de la ayuda de 400 euros? A partir del 5 de octubre, mediante transferencia bancaria al número de cuenta vinculado a la solicitud.

Excepciones al Cobro de la Ayuda 400 EUROS

No podrán solicitar la ayuda quienes hubieran percibido la prestación extraordinaria del PRODI (programa que contemplaba la ayuda de 420 euros), los beneficiarios anteriores de la ayuda de 400 euros, quienes hayan agotado o tengan derecho a la renta activa de inserción o que hayan agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo dentro del régimen especial agrario.

Enlace | SEPE

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