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Aviso sobre devoluciones de Tasa

Los enlaces son una herramienta fundamental en la navegación por Internet ya que nos permiten saltar de una página web a otra sin la necesidad de tener que escribir la dirección completa. Sin embargo, es importante que los usuarios estén informados sobre los posibles avisos o restricciones que puedan existir al utilizar estos enlaces.

Uno de los avisos más comunes que se pueden encontrar en los enlaces es el referente a la devolución de tasa. Esto se refiere a una tasa que se cobra por acceder a ciertos contenidos o servicios a través del enlace. Por ejemplo, algunas páginas pueden cobrar una tarifa por descargar un archivo o acceder a información exclusiva. Por lo tanto, es importante que los usuarios lean detenidamente cualquier aviso sobre devoluciones de tasa antes de hacer clic en un enlace para evitar cargos inesperados.

En resumen, los enlaces son una herramienta útil para navegar en Internet, pero es importante estar atentos a los avisos que puedan aparecer para evitar costos adicionales. Los avisos sobre devoluciones de tasa son comunes en los enlaces y es responsabilidad del usuario leerlos y entenderlos antes de continuar. De esta manera, se puede mantener un uso consciente de Internet y evitar sorpresas desagradables en la factura.

El Ministerio de Justicia nos expone brevemente el tema sobre el Aviso sobre devoluciones de tasa, a fin y efecto de explicar tan importante acontecimiento en materia de tasas.

Aviso sobre devoluciones de Tasas

Desde el día 1 de junio de 2013 se pueden presentar, a través del modelo 695, las solicitudes de devolución de la tasa judicial a que se tiene derecho bien por la acumulación de procesos, bien por haber alcanzado un acuerdo que ponga fin al proceso, bien por allanamiento total o, en su caso, por el reconocimiento total de las pretensiones del demandante en vía administrativa por parte de la Administración demandada.

Igualmente, a partir de la citada fecha los Tribunales de Justicia han empezado a remitir a la Agencia Tributaria la información de todos los procesos en que se han producido los supuestos anteriores para que se puedan efectuar las comprobaciones y los oportunos contrastes de las solicitudes de devolución.

Con el fin de evitar retrasos en las devoluciones y cualquier otro tipo de molestias al contribuyente sería conveniente que, especialmente en los supuestos de devolución cuyo origen fuera anterior al 1 de junio de 2013, el solicitante pusiera en conocimiento del Tribunal correspondiente que se va a presentar o se ha presentado el mencionado modelo 695 para que el Tribunal compruebe que ha remitido la correspondiente información a la Agencia Tributaria  a los efectos de agilizar los trámites de la devolución.

Enlace | Aviso sobre devoluciones de Tasas

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