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Autorización de Residencia Temporal por Arraigo

La autorización de residencia temporal por arraigo es un procedimiento de regularización que permite a los extranjeros que se encuentran en España de forma irregular poder obtener un permiso de residencia temporal. Este tipo de autorización se basa en el arraigo social, laboral o familiar del solicitante en el país, es decir, en su integración en la sociedad española. Para solicitar la autorización de residencia por arraigo, el solicitante debe acreditar una serie de requisitos, como llevar al menos tres años residiendo en España de forma continuada, tener medios económicos suficientes, carecer de antecedentes penales y contar con un contrato de trabajo o poseer vínculos familiares con residentes legales en España. Además, se valora la integración social y cultural del solicitante, como su participación en actividades y asociaciones comunitarias. La autorización de residencia por arraigo es una forma que tiene el gobierno español de regularizar la situación de aquellas personas que, por diversas razones, se encuentran viviendo en el país sin tener un permiso de residencia válido. Este tipo de autorización tiene como objetivo brindar una oportunidad a aquellos extranjeros que, a pesar de su situación irregular, han logrado establecer vínculos significativos en la sociedad española.

El Ministerio del Interior e Inmigración permite realizar la Autorización de Residencia temporal por Arraigo.

Autorización de Residencia Temporal por Arraigo

Documentación a presentar

  • Solicitud (modelo oficial gratuito, Ex-00: Solicitud de Autorización de Residencia), debidamente cumplimentado por el solicitante extranjero, por duplicado.
  • Original y copia completa del pasaporte en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, con una vigencia mínima de cuatro meses.
  • Si el interesado fuera mayor de edad penal, deberá aportar certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país o países en que haya residido durante los cinco años anteriores a su entrada en España, debidamente legalizado (según hoja informativa nº 37 de esta Oficina), y en el que no deberán constar condenas por delitos existentes en el ordenamiento español. El certificado debe haber sido expedido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Información sobre la acreditación del domicilio actual: Si Vd. consiente la comprobación de sus datos de domicilio a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia, marcando la casilla “SÍ” del impreso de solicitud, no deberá aportar ninguna documentación relativa a su empadronamiento. Si no marca la indicada casilla deberá presentar volante de empadronamiento actual.

Enlace | Autorización de Residencia Temporal por Arraigo



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4 comentarios

  1. Hola, necesito saber algo, pues en la delegacion de gobierno de Canarias me dicen que si presento una renovacion de la residencia de arraigo familiar y no cumple todos los requisitos por no haber cotizado, me la niegan sin ni siquiera derecho a residencia sola ni siquiera??? es esto cierto? me dejan ilegal?

    saludos

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