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Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales por colaboración con autoridades administrativas policiales, fiscales o judiciales contra redes organizadas

El Ministerio de Trabajo e Inmigración (MTIN) nos explica la Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales por colaboración con autoridades administrativas policiales, fiscales o judiciales contra redes organizadas, para aquellos ciudadanos que se encuentren en la citada situación.

Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales por colaboración con autoridades administrativas policiales, fiscales o judiciales contra redes organizadas :

Se trata de una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales que podrán obtener los extranjeros que estén colaborando con autoridades policiales, fiscales o judiciales y sea víctima, perjudicado o testigo de un acto de tráfico ilícito de mano de obra o de explotación en la prostitución abusando de su situación de necesidad.

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO:

  • La autoridad policial, fiscal o judicial, con la que esté colaborando el extranjero que sea víctima, perjudicado o testigo del acto de tráfico ilícito de mano de obra o de explotación en la prostitución abusando de su situación de necesidad, emitirá informe de dicha colaboración y lo remitirá al órgano que instruya el expediente sancionador, a fin de que proponga al Delegado o Subdelegado del Gobierno la exención de responsabilidad del extranjero por infracción del artículo 53.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000.
  • El Delegado o Subdelegado del Gobierno decidirá sobre la exención y la suspensión del expediente sancionador e informará al extranjero de la posibilidad de solicitar autorización de residencia y trabajo dirigida a la Secretaría de Estado de Seguridad, o el retorno asistido a su país de procedencia.

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO

  • Los extranjeros podrán solicitar personalmente o a través de representante una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales ante la correspondiente unidad policial de extranjería.
  • La solicitud en modelo oficial (EX–10), que se podrá obtener en http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/,deberá ir acompañada del pasaporte completo, documento de viaje o cédula de inscripción en vigor y, en su caso, del documento público por el que se otorgue la representación legal a favor de la persona física que formule la solicitud.
  • Tasa de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales: se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y se deberá abonar en el plazo de diez días hábiles, es:
  • Modelo 790: a abonar por el extranjero……….………………..……..35,70 euros
  • Los impresos para el abono de la tasas se podrán descargar desde la página: www.mpt.es

La unidad policial remitirá la solicitud con el informe de la autoridad con la que haya colaborado y el informe de la propia unidad sobre el sentido de la resolución a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, que formulará propuesta a la Secretaría de Estado de Seguridad para su resolución.

  • El informe favorable de la unidad policial determina la concesión de la autorización provisional de residencia y trabajo, que será notificada por dicha unidad, e implicará la posibilidad de trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier ocupación, sector de actividad y ámbito territorial.
  • En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde tenga fijado su domicilio. Para ver dónde dirigirse, el horario y si tiene que pedir cita previa se podrá consultar :
  • http://extranjeros.mtin.es/es/InformacionInteres/OficinasExtranjeros/
  • La solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje o cédula de inscripción para acreditar su identidad y aportará:
  1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17) disponible en http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/
  2. Justificante del abono de la tasa de la tarjeta que asciende a 15 euros.
  3. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
  • La tarjeta de identidad de extranjero será renovable con carácter anual y hasta que se dicte resolución sobre la autorización definitiva.
  • La resolución favorable, en su caso, de la autorización definitiva de residencia y trabajo tendrá una vigencia de cinco años, implicará la posibilidad de trabajar por cuenta ajena y propia en cualquier ocupación, sector de actividad y ámbito territorial y exige la necesidad de tramitar, en un mes desde la concesión, una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero
  • La resolución denegatoria, en su caso, de la autorización definitiva, supondrá la pérdida de vigencia de la autorización provisional.

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