Visado de Residencia para Formación o Investigación (RIN)
El Ministerio del Exterior nos expone de forma breve el Visado de Residencia para Formación o Investigación (RIN).
Visado de Residencia para Formación o Investigación (RIN)
Para este visado se contemplan la casuística relativa a extranjeros que desean realizar activiades de formación, investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o ptivadas. Tales casos son:
- El Personal Investigador al que se refieren el artículo 13 y la disposición adicional de la Ley 14/2011, de 1 de Junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- El Personal Científico y Técnico que lleve a cabo trabajos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, en entidades empresariales o centros de I+D+I establecidos en España.
- Los investigadores acogidos en el marco de un convenio por organismos de investigación públicos o privados, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.
- Los profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación, o escuelas de negocios establecidos en España de acuerdo con los criterios que se establezcan reglamentariamente.
Enlace | Visado de Residencia para Formación o Investigación (RIN)
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