Jubilación para Mayores de 52 Años

Requisitos que debe cumplir para poder cobrar un subsidio para mayores de 52 años

  • Estar desempleado.
  • Tener cumplidos 52 años en la fecha de solicitud.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes y no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde la inscripción como demandante de empleo.
  • Suscribir el Compromiso de Actividad.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social.
  • Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
    • Estuviese percibiendo o tuviese derecho a percibir subsidio.
    • Hubiese agotado subsidio.
    • Hubiera agotado una prestación por desempleo y no percibido subsidio correspondiente o lo hubiese extinguido, por carecer, inicialmente o con carácter sobrevenido, del requisito de rentas y/o, del de responsabilidades familiares.
    • Ser emigrante retornado (haber trabajado como mínimo 12 meses en el extranjero desde su última salida de España) sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
    • Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
    • Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
    • Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses.

Este subsidio no será de aplicación a los trabajadores fijos discontinuos mientras mantengan dicha condición.

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Duración, contenido y cuantía de la Jubilación para mayores de 52 años

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 426 euros/mes en 2011.

Esta ayuda se percibirá hasta que se alcance la edad ordinaria para solicitar la jubilación.

Documentación necesaria para solicitar la Jubiliación para mayores de 52 años

a documentación que se debe aportar es la siguiente:

  • Modelo oficial de solicitud , que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.

Enlace | Jubilación para mayores de 52 años

TRÁMITES EXTRANJERÍA

Formularios de Extranjeria

Accede a descargar, rellenar y imprimir los Formularios de Extranjería y modelos de solicitud para presentar expedientes de Extranjería en las Oficinas de Extranjeros.

Tasas de Extranjeria

Tasas de Extranjería. Puedes rellenar, descargar e imprimir las Tasas de Extranjería a través de los sitios web www.mpt.es y www.mpt.gob.es.


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13 comentarios

  1. Hola. Mi marido solicitó el subsidio para mayores de 52 años hace 4 meses y todvía no ha tenido respuesta. Siempre que va a preguntar le dicen que «está en trámite2. ¿es normal? ¿dónde y cómo podemos reclamar?. Gracias

  2. hola,si me podeis ayudar porque tengo un problema por favor… Tengo mas de 52 años,y estoy cobrando el subsidio por desempleo y he metido los papeles para la pension mayores de 52 años el dia 15 de febrero de 2012 ,y estaba esperando el rezultado.Me llego una carta de la Seguridad Social que esta resuelto ,pero de la inem nada.He ido a preguntar y me dijo que tengo que traer el documento 302 , y yo le dije que no lo tengo porque le havia metido el dia 15 de febrero de 2012 y que tengo solo las copias.y me dijo que tengo que traer el documento 302.Yo creo que no me ha etendido bien.Hasta fue el dia 8 de marzo y he metido otra vez la documentacion pero sin el papel 302 porque no lo tengo tengo copia y me llego una carta y me dije que este desistito .que tengo que hacer para arreglar este problema gracias…….

  3. Estoy cobrando subsidio para mayores de 52 años hasta la edad de jubilación, pero quiero intentar marcharme a buscar trabajo al extranjero como tengo que hacer, ya que si no me sale bien las cosas al regresar a España quiera volver a retomar esta prestación, por favor me pueden aclarar bien mi consulta.
    Gracias y Saludos

  4. Hola! Cobro por tercera vez la rai, y en mayo se vence de 2014, y no tengo derecho a cobrarla mas.. En mayo de 2014 cumplo los 52 anos , tengo mas de 15 anos cotizados a la s social, tengo derecho de solicitar alguna prestacion? Gracias

  5. tengo 52 años fui autónomo y el ultimo tiempo estuve de baja por la mano derecha, me dieron el alta y ahora no puedo trabajar porque no estoy bien de la mano y no se si tengo derecho para solicitar alguna ayuda. ¿me podrían informar?
    muchas gracias

  6. Buenas mi cunsulta es que tengo 52 años no tengo trabajo y tengo 25años de aportes jubilatorio soy diabético inpertenso no me dan trabajo y tengo una hija de ocho años puedo recibir alguna ayuda gracias

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