Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011
El Ministerio de Justicia nos expone brevemente las Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011.
Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011
Una vez obtenido un permiso de residencia por circunstancias excepcionales, a la hora de renovarlo se tramita como una modificación recogida en el artículo 202 del Reglamento, cuyas tasas ascienden a:
- Autorización de residencia temporal por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales 15,30 €
- “Autorización de trabajo por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales 76,05 €“
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