Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011

El Ministerio de Justicia nos expone brevemente las Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011.

Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011

Una vez obtenido un permiso de residencia por circunstancias excepcionales, a la hora de renovarlo se tramita como una modificación recogida en el artículo 202 del Reglamento, cuyas tasas ascienden a:

  • Autorización de residencia temporal por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales  15,30 €
  • Autorización de trabajo por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales  76,05 €

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