Solicitar Cita previa para Legalizaciones

El Ministerio de Asuntos exteriores y Cooperación (MAEC) nos expone de forma breve Cómo Solicitar Cita previa para Legalizaciones.

Solicitar Cita previa para Legalizaciones

Ante la posibilidad de que el sistema de cita previa para legalizaciones asigne una cita para fin de semana, para un día no laborable o para una hora fuera del horario establecido: (9:00h-17:00h de lunes a jueves y de 9:00h-14:00h los viernes), dicha cita se deberá a un error del sistema y no será válida.

La legalización de documentos sólo podrá efectuarse:

Solicitando «Cita previa» desde la página actual pulsando el botón «Solicitar cita previa para legalizaciones»:

La cita deberá solicitarse únicamente a nombre de la persona que va a acudir a legalizar sus documentos.

En el caso de que la persona que vaya a acudir a legalizar los documentos lo haga en representación de otra, deberá acreditar su representación mediante poder autorizado por Notario español.

También podrán presentar documentos a legalizar:

  •             Los familiares directos. En estos casos únicamente podrán legalizar documentos los progenitores respecto de sus hijos menores o incapacitados, los tutores respecto de sus tutelados y los cónyuges entre si. En todos los casos se exigirá probar que existe una representación legal debidamente conferida. A estos efectos se presumirá dicha representación presentando el libro de familia o certificado de matrimonio para los casos de cónyuges, certificado de nacimiento para progenitores respecto de sus hijos menores de edad, en caso de mediar incapacitación de hijos mayores de edad será necesario presentar sentencia judicial de incapacitación, y si se tratara de tutores respecto de sus tutelados se exigirá sentencia de tutela u otro documento público en el que conste fehacientemente tal representación.
  •             Quien ostente la representación legal del titular de los documentos.
  •             Profesionales como abogados, procuradores o graduados sociales, con poder de representación de su cliente.
  •         Sólo podrá solicitarse una cita por día y sólo para un máximo de 10 documentos.

Para solicitar la cita deberá tener en su poder los documentos que quiera legalizar ya que deberá especificar la fecha de expedición de los mismos.

Solicitando la legalización a través de un Gestor Administrativo colegiado (bastará la incorporación a uno solo de ellos, que será el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio español según art. 3,3. Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales).

Solicitando la legalización por correo certificado:

  •      Los documentos deberán remitirse a la siguiente dirección:
  •     Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
  •     Sección de legalizaciones
  •     c/ Juan de Mena, 4
  •     28071 – Madrid

    Observaciones:

Los documentos se devolverán por correo, para lo cual deberá adjuntarse un sobre prepagado de Postal Exprés, con la dirección del destinatario rellenada, para que puedan ser devueltos los documentos legalizados.

Sólo se legalizarán aquellos documentos que pertenezcan al remitente de la carta o:

A sus familiares directos (padres, hijos o cónyuge o pareja de hecho inscrita en el correspondiente Registro administrativo) y siempre que en la carta se haya acreditado la relación familiar.

  •             A la persona de quien ostente la representación legal el remitente.
  •             A la persona de quien tenga poder el remitente (este poder deberá acompañar a los documentos a legalizar).

Cualquier sobre que no cumpla con estas condiciones será devuelto al remitente sin cumplimentar la legalización.

        NOTA IMPORTANTE: Para mayor agilidad en la legalización de documentos, se recomienda acudir al sistema de cita previa presencial.

Las legalizaciones por correo están sujetas a los límites del volumen diario de cartas que este Ministerio tiene la capacidad de gestionar, por lo que no se puede asegurar que el servicio se pueda prestar con rapidez, pudiendo producirse retrasos considerables.

  •     Solicitando la legalización por mensajería:
  •      Los documentos podrán enviarse por medio de una mensajería acreditada.
  •      Aquellas mensajerías que deseen depositar documentos para legalizar deberán acreditar ante la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación su condición de Empresa de Mensajería, debidamente registrada como tal, para lo cual deberán aportar copia de su inscripción en el Registro Mercantil.

    Observaciones:

  •         Los documentos remitidos por mensajería serán tratados únicamente como documentos remitidos por correo y solamente se devolverán al interesado por Postal Exprés a la dirección que figure en el sobre prepagado que deberá acompañar a la documentación a legalizar. Dicho sobre de Postal Exprés deberá tener puesta la dirección del interesado y estar prepagado para su devolución.

Sólo se devolverán aquellos documentos que pertenezcan al remitente del sobre o:

  •             A sus familiares directos (padres, hijos o cónyuge o pareja de hecho inscrita en el correspondiente Registro administrativo).
  •             A la persona de quien ostente la representación legal el remitente.
  •             A la persona de quien tenga poder el remitente (este poder deberá acompañar a los documentos a legalizar).
  •         Cualquier sobre que no cumpla con estas condiciones será devuelto a su remitente sin cumplimentar la legalización.
  •     Solicitando la legalización a través de su Embajada o Consulado en España.
  •      Este procedimiento sólo podrá utilizarse cuando exista un acuerdo previo de la Embajada o Consulado en cuestión, acreditado en España, con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

 

DOCUMENTOS MERCANTILES

  •  La cita se solicitará obligatoriamente a nombre de la Empresa titular de los documentos que se desea legalizar con el CIF o NIF de ésta.

Observaciones:

 

  •     La persona que acuda a legalizar los documentos deberá aportar una autorización escrita firmada y sellada por el responsable de la misma en la que deberá constar el nombre, apellidos y NIF o NIE de la persona autorizada.
  •     En el caso de que quien presente los documentos a legalizar sea una mensajería, el sobre deberá presentarse cerrado y contener una autorización de la Empresa a nombre de la Mensajería que presenta los documentos.

DOCUMENTOS PARA ADOPCIONES EN EL EXTRANJERO

  •  La cita se solicitará obligatoriamente a nombre del adoptante o de una ECAI (Entidad Colaboradora en Adopción Internacional) con su NIF o NIE.

Enlace | Solicitar Cita previa para Legalizaciones



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