Situaciones Incompatibles con la Percepción de Prestaciones

Las Situaciones Incompatibles con la Percepción de Prestaciones son las que te vamos a mostrar a continuación.

Situaciones de Incompatibilidad

Lo dicho si estas en alguna de estas situaciones, no podrás solicitar una percepción por prestación.

  • En general con el trabajo retribuido por cuenta ajena a tiempo completo o situaciones asimiladas que supongan la inclusión en cualquier régimen de la Seguridad Social, aunque no esté previsto cotizar por desempleo, excepto si es perceptor de prestación contributiva y suscribe un contrato de trabajo por tiempo indefinido y a jornada completa de apoyo a emprendedores.
    También se exceptúan los perceptores de subsidio por desempleo mayores de 52 años que sean contratados a tiempo completo de forma indefinida o temporal siempre que la duración sea superior a 3 meses.
  • Con el trabajo por cuenta propia, aunque no implique alta en alguno de los Regímenes de la Seguridad Social, excepto en el caso de los titulares del derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo, que hayan cesado con carácter total y definitivo su actividad laboral y causen alta como trabajadores por cuenta propia o se incorporen a una sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado de nueva creación, que podrán compatibilizar la percepción mensual de la prestación que les corresponda con el trabajo, durante un máximo de 270 días o por el tiempo inferior pendiente de percibir, siempre que se solicite en el plazo improrrogable de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia y cumplan el resto de requisitos.
  • Con actividades de investigación retribuidas que supongan dedicación exclusiva.
  • Con la realización fuera de los cauces académicos, de prácticas no laborales en empresas que impliquen la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Con carácter general, con la participación en programas de formación vinculados a estudios universitarios o de formación profesional que incluyan la realización de prácticas formativas que sin dar lugar a una relación laboral, conllevan una contraprestación económica para los participantes y su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Con el ejercicio retribuido de cargos públicos o sindicales electos que supongan dedicación exclusiva.
  • Con las pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social incompatibles con el trabajo.
  • Con la situación retribuida de activación de los reservistas voluntarios del ejército para realizar ejercicios de instrucción, adiestramiento, prestar servicios o participar en cursos de formación y perfeccionamiento.
  • Con cualquier otra situación que implique el derecho a percepciones económicas públicas como sustitutivas de retribuciones dejadas de percibir por el cese en una actividad, manteniéndose un vínculo administrativo o laboral.

El beneficiario está obligado a comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal la concurrencia de alguno de los casos de incompatibilidad descritos, para que se proceda a suspender el pago de la prestación o subsidio.

Enlace | Servicio Público de Empleo Estatal



Encuentra el trámite que estás buscando en Renovar Papeles

En Renovar Papeles hemos resuelto más de 100.000 consultas de trámites en línea con nuestros lectores y editores con conocimientos en extranjería y trámites online para servicios en línea en más de 10 países de habla hispana. ¿Tienes alguna duda?

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *