Planes de Apoyo a Sectores en Crisis

El Ministerio de empleo y Seguridad Social (MEISS) nos expone brevemente los Planes de apoyo a sectores en crisis.

Relación de normativa por la que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral de sectores en crisis:

  1. La Orden TIN/3084/2009, de 13 de noviembre, por la que se adoptan disposiciones para la aplicación y desarrollo de lo establecido en el Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes de calzado, curtidos y marroquinería, establece el procedimiento para la inclusión en el ámbito de aplicación del Real Decreto 100/2009 de las empresas no encuadradas directamente en el mismo por el CNAE de su actividad de acuerdo con lo previsto en artículo 1.2 del Real Decreto, cuando realicen actividades industriales para el sector en un porcentaje igual o superior al 60% de su producción total en los últimos tres años.
  2. La Orden TIN//771/2010, de 15 de marzo, por la que se adoptan disposiciones para la aplicación y desarrollo de lo establecido en el Real Decreto 1678/2009, de 13 de noviembre, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector del juguete a los cambios estructurales en el comercio mundial, establece el procedimiento previsto en el artículo 1.3 del Real Decreto 1678/2009, de 13 de noviembre, para la inclusión en su ámbito de actuación de las empresas no encuadradas directamente en el mismo relacionadas en el artículo 1.2.b) y c) del citado real decreto.
  3. La Orden TIN/772/2010, de 15 de marzo, por la que se adoptan disposiciones para la aplicación y desarrollo de lo establecido en el Real Decreto 1679/2009, de 13 de noviembre, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector del mueble, a los cambios estructurales en el comercio mundial, establece el procedimiento previsto en el artículo 1.3 del Real Decreto 1679/2009, de 13 de noviembre, para la inclusión en su ámbito de actuación de las empresas no encuadradas directamente en el mismo relacionadas en el artículo 1.2.b) y c) del citado real decreto.

Las empresas interesadas deberán dirigir sus solicitudes a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal y se presentarán en su sede central, sita en la Calle Condesa de Venadito, nº 9, 28027 Madrid, así como por medios electrónicos, a través del registro electrónico de dicho organismo. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre.

Junto con la solicitud se incluirá la documentación señalada en el modelo de solicitud incluido en la documentación abajo relacionada.



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