Modificaciones de las obligaciones formales en la D.E.H

La Agencia tributaria nos explica las Modificaciones de las obligaciones formales, modificada recientemente para la Dirección Electrónica Habilitada (DEH).

Modificaciones de las obligaciones formales  en la D.E.H :

Los obligados tributarios incluidos en el sistema de DEH (Dirección electrónica habilitada) podrán señalar, exclusivamente por Internet, determinados días (“días de cortesía”) en los que no se podrán poner a su disposición notificaciones en dicha dirección.

  • Se permite un máximo de 30 días al año.
  • Los días señalados se computarán como dilación no imputable a la Administración.
  • Se podrá practicar la notificación por los medios tradicionales si existen razones de inmediatez o celeridad que requieren la actuación administrativa.
  • Aplicable tanto a los incluidos en DEH con carácter obligatorio como a los voluntarios.
  • No son días inhábiles (no se descuentan si ya se ha puesto la notificación en la DEH).
  • Esta posibilidad de señalar días de cortesía se podrá realizar a partir de 1 de enero de 2012.

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