Libertad de Asociación y Libertad de Sindicación y de Huelga

La libertad de asociación y libertad de sindicación y de huelga son derechos fundamentales que garantizan a todos los ciudadanos la posibilidad de unirse a organizaciones y sindicatos para defender y proteger sus intereses laborales. En la era digital, estos derechos se hacen cada vez más accesibles gracias a trámites online que permiten la creación y gestión de asociaciones y sindicatos de manera rápida y sencilla, promoviendo así la participación y la defensa de los derechos de los trabajadores.

El Ministerio del Interior nos expone de forma breve la Libertad de Asociación y la Libertad de Sindicación y de Huelga.

Libertad de Asociación y Libertad de Sindicación y de Huelga

En cuanto a  la libertad de asociación el artículo 8 de la ley de extranjeria nos dice lo siguiente :

  • Todos los extranjeros tienen el derecho de asociación en las mismas condiciones que los españoles.

En lo referente a la Libertad de Sindicación y de Huelga, la ley de Extranjeria nos dice lo siguiente en su artículo 11 :

1. Los extranjeros tienen derecho a sindicarse libremente o a afiliarse a una organización profesional, en las mismas condiciones que los trabajadores españoles.
2. Los extranjeros podrán ejercer el derecho a la huelga en las mismas condiciones que los españoles.

Enlace | Libertad de Asociación y Libertad de Sindicación y de Huelga



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