Deducciones que se pueden aplicar en el Sistema IMAS para trabajadores por cuenta propia en Colombia

Las deducciones que se podrán aplicar en el Sistema IMAS se calculan de la siguiente forma.

Del total de los ingresos se podrán restar las devoluciones, rebajas y descuentos y los siguientes conceptos.

Qué deducciones se podrán aplicar

Estas son las deducciones que se podrán aplicar para trabajadores por cuenta propia en Colombia.

  • Los dividendos y participaciones no gravados en cabeza del socio o accionista de conformidad con lo previsto en los art.48 y 49 del E.T.
  • El valor de las indemnizaciones en dinero o en especie que se reciban en virtud de seguros de daño en lo que corresponda a daño emergente, de conformidad con el art.45 del E.T.
  • Los aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Social a cargo del empleado.
  • Los pagos catastróficos en salud efectivamente certificados, no cubiertos por el plan obligatorio de salud, POS, de cualquier régimen, o por planes complementarios y de medicina pre-pagada, siempre que superen el 30 % del ingreso bruto del contribuyente en el respectivo año o período gravable.
  • La deducción anual está limitada al menor valor entre el 60 % del ingreso bruto del contribuyente en el respectivo período o dos mil trescientas UVT 2.300 UVT ($ 61.734.000) Decreto1070 de 2013, art. 10. Debe contar con los soportes legales de estos. Y lo mismo aplica para los pagos catastróficos en salud en el exterior.
  • El monto de las pérdidas sufridas en el año originadas en desastres o calamidades públicas, declaradas y en los términos establecidos por el Gobierno Nacional.
  • Los aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Social cancelados durante el respectivo período gravable sobre el salario pagado a un empleado o empleada del servicio doméstico. No aplica si el servicio doméstico es contratado a través de una empresa de servicios temporales
  • El costo fiscal, determinado de acuerdo con las normas del E.T., de los bienes enajenados que no sean ganancia ocasional.
  • Los retiros de los fondos de cesantías que efectúen los beneficiarios o participes sobre los aportes efectuados por los empleadores a título de cesantía, de conformidad con lo dispuesto en el art.56-2 del ET.

Teniendo en cuenta los factores anteriormente explicados se aplicará el Sistema IMAS para trabajadores por cuenta propia.

Enlace | dian.gov.co



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