Cuándo hay que Concurrir a las Comisiones Médicas en Argentina

Es importante saber cuándo hay que concurrir a las Comisiones Médicas en Argentina.

#1: Funciones de las Comisiones Médicas

Las funciones de las Comisiones Médicas son las siguientes.

Las Comisiones Médicas son necesarias para Resolver las diferencias entre las ART y los trabajadores damnificados, en cuestión de accidente laboral o una enfermedad, de igual manera en el porcentaje de incapacidad como en el tratamiento que haya sido otorgado.

Las comisiones Médicas determinan la naturaleza laboral del accidente o enfermedad también valoran el carácter y grado de incapacidad y el contenido y alcance de las prestaciones en especie.

Son las encargadas de Homologar todos aquellos acuerdos que han presentados por las ART, previamente firmados por el damnificado y la aseguradora, donde se muestra el porcentaje de incapacidad, siempre y cuando el porcentaje sea menor al 66%.

Aprobar una enfermedad que ya existe detectada en el trabajador mediante un examen preocupacional.

Son las encargadas de determinar la disminución de la capacidad laboral de los trabajadores incorporados en el Sistema de Seguridad Social.

#2: Trámites que se realizan en las Comisiones Médicas

Los trámites que se pueden realizar en las Comisiones Médicas son los siguientes.

  • Rechazo de la ART. Si la aseguradora rechaza el accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • Silencio de la ART. Si la aseguradora no brinda atención o no da respuesta ante una denuncia de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • Divergencia en las Prestaciones. Si no está de acuerdo con el tratamiento o con el alta médica que le brinda la aseguradora.
  • Divergencia en la situación de Incapacidad Laboral Temporaria ILT. Si está dado de alta y la ART no lo cita para fijar porcentaje de incapacidad o si firmó un acuerdo y la aseguradora no lo presentó a la SRT para homologar.
  • Divergencia en la Incapacidad Laboral Permanente ILP. Si no está de acuerdo con el porcentaje de incapacidad laboral fijado por la ART.

Puede realizar una consulta para saber si se están cumpliendo o no los deberes de la Aseguradora de Riesgos Laborales utilizando los siguientes datos.

  • Telefónicamente: 0800-666-6778 de lunes a viernes de 8 a 19 horas.
  • Personalmente: Bartolomé Mitre 755 C.A.B.A. o Moreno 401 C.A.B.A., de 9 a 16 horas.
  • Correo Postal: Bartolomé Mitre 755 C1036AAM, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Por Internet: Complementando el Formulario de consultas y reclamos que puede encontrar en la siguiente dirección www.srt.gob.ar/index.php/consultas/consultas-y-reclamos

Las Comisiones Médicas se encuentran en todo el país se recomienda acudir a la que está más cercana a su domicilio.



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